Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte demandante recurrente en contra de la sentencia de fecha nueve (09) de mayo del año 2012, dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JUAN CARLOS CHACIN en contra de la sociedad mercantil INDUSTRIAS AÑAÑOS DE VENEZUELA, C.A., actualmente conocida como AJEVEN, C.A. TERCERO: SE REVOCA, la decisión de fecha nueve (09) de mayo del año 2012, dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia. CUARTO: Se condena el pago de costas procesales de la demanda a la parte demandada, de conformidad con el artíc.....