Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso Ordinario de Apelación ejercido por la parte actora recurrente, en contra de la decisión de fecha veinte (20) de noviembre del año 2012, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano OSWALDO NEGRÓN en contra de la sociedad mercantil CADENA DE TIENDAS VENEZOLANA, S.A., (CATIVEN) conocida como RED DE ABASTOS BICENTENARIO, S.A. TERCERO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha veinte (20) de noviembre del año 2012, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicia.....