Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte demandante recurrente en contra de la decisión dictada de fecha veintitrés (23) de julio del año 2011, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD del ciudadano MARIANO ALBERTO MANTIONE RENDO, para sostener como demandado el presente juicio. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ENIO YSAIAS MONTIEL MARTINEZ en contra de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES VICTORIA, C.A. CUARTO: SE CONFIRMA la decisión .....