Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
COMPETENTE para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con Amparo Cautelar en contra de la Providencia Administrativa Nro. US-Z156-2012 de fecha 21 de agosto de 2012, dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), por órgano de la DIRRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ZULIA, acompañado con solicitud de Amparo Cautelar contra el acto administrativo de conformidad con lo establecido en el articulo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Granitas Constitucionales.
SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto; y en consecuencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Ju.....