Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte demandante recurrente, en contra de la decisión de fecha proferida en diecisiete (17) de mayo del año 2011, por el Tribunal Novena de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SE NIEGA la solicitud de la Medida Preventiva de Embargo requerida por la parte actora contra bienes propiedad de la sociedad mercantil LA NUEVA CASA DEL COMPRESOR, C.A. TERCERO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha proferida en diecisiete (17) de mayo del año 2011, por el Tribunal Novena de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito J.....