Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente en contra de la sentencia de fecha dieciséis (16) de Diciembre de 2010, dictado por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por la ciudadana YOLAYDA GARCIA BRACHO en contra de SALVADOR INSTITUTO DE BELLEZA LAGO MALL C.A.
TERCERO: Se revoca la sentencia apelada.
CUARTO: Se condena en costas procesales a la parte demandada por cuanto hay vencimiento total de la condena, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica.....