Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra el acto Administrativo Nro. US-ZF-016-2007, de fecha 01 de noviembre de 2007, dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, Dirección Estadal de Salud y Seguridad de los Trabajadores Zulia, interpuesto por el profesional del derecho AURA MARINA ANDRADE VILLALOBOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con matricula Nro. 60.728, obrando en este acto en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad mercantil ASISTENCIA MÉDICA C.A. (AME-ZULIA, antes ASISTENCIA MEDICA DE EMERGENCIA DEL ZULIA, en virtud de la imposición de una multa por parte del Director Estadal de la Dirección Estadal de Salud y Segurid.....