Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso ordinario de apelación ejercido por la parte actora recurrente, en contra de la decisión de fecha cuatro (04) de junio del año 2012, dictada por el Tribunal Tercero de de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR, la prescripción de la acción alegada por la parte demandada, en lo que respecta a las prestaciones reclamadas por el ciudadano JESÚS BARRIOS RAMIREZ. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JESÚS BARRIOS RAMIREZ en contra de la sociedad mercantil CONVENCA CONTRUCTORES VENEZOLANOS, C.A., (CONVECA). CUARTO: SE REV.....