Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho DARIO ROMERO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la decisión de fecha 05 de marzo de 2014, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, específicamente de la admisión de prueba de experticia promovida por la parte demandada PROENERGY SERVICES DE VENEZUELA, C.A.; 2) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho DARIO ROMERO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en contra de la decisión de fecha 05 de marzo de 2014.-