JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del Derecho EDITH URDANETA DE LAMEDA, actuando con el carácter de apoderada Judicial de la parte demandada, en contra de la decisión de fecha 18 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. 2) SIN LUGAR el llamamiento de terceros solicitado por la demandada Sociedad Mercantil TRANSPORTE FAGA y BOVINELLI C.A. 3) SE CONFIRMA el fallo apelado. 4) SE CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Continúese con el procedimiento en la etapa en la que se encuentre.