Este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ANGEL MARIA SEGOVIA, abogado en ejercicio, de este domicilio, actuando en nombre y representación del ciudadano MARIO BARBOZA,2) CON LUGAR la defensa previa de PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por las codemandadas PROYECTOS Y MONTAJES INDUSTRIALES C.A.(PROMICA) y METALURGICA CASTILLO, C.A., al actor ciudadano MARIO BARBOZA. (Ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales), 3) SIN LUGAR la demanda que por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, intentó el ciudadano MARIO BARBOZA, en contra de las Sociedades Mercantiles PROYECTOS Y MONTAJES INDUSTRIALES C.A.(PROMICA), METALURGICA CASTILLO, C.A. y CERVECERIA POLAR, C.A.