este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho CARLOS PINEDA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 11 de junio de 2.010, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR la demanda que por RECLAMO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, intentó el ciudadano RIXIO JOSE OCHOA en contra de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE SALUD, C.A. 3) SE CONDENA a la Sociedad Mercantil VENEZOLANA DE SALUD, C.A., a pagar al actor ciudadano RIXIO JOSE OCHOA la cantidad de Bs. 7.512,93, más lo que resulta de la expertici