Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por EL PROFESIONAL DEL DERECHO CIRO BALCAZAR COLINA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte codemandada en el presente procedimiento, ciudadanos ALEJANDRO POU RUAN y CARLOS PUO RUAN, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de enero de 2014 (plenamente identificados en actas). 2) SE CONFIRMA el fallo apelado. 3) SE DECLARAN VALIDAS TODAS LAS NOTIFICACIONES PRACTICADAS EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, POR LO QUE DEBERA CONTINUAR EL MISMO EN LA FASE EN LA QUE SE ENCUENTRE.