, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 27 de enero de 2009, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoció de la demanda intentada por la ciudadana ERICA MILAGROS GÓMEZ GRATEROL hoy recurrente, en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEOS S.A. 2) QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES.