El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 05 de abril de 2006, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para el Régimen Procesal transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, en el juicio que por CALIFICACION DE DESPIDO sigue el ciudadano OSWALDO ENRIQUE MORENO frente a la sociedad mercantil PDVSA PETROLEOS S.A. 2) QUEDA FIRME la decisión de fecha 05 de abril de 2006, dictada por el Juzgado quinto de Primera Instancia de Sustanciación, mediación y ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para el Regimen procesal transitorio. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.