El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA REPRESENTACION JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA EN CONTRA DE LA DECISION DICTADA en fecha 30 de noviembre de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, en el juicio que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales intentó la ciudadana ONELIA MARGARITA PAZ OCANDO en contra de la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL, anteriormente denominada BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO S.A.C.A; 2) SEGUNDO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el profesional del derecho JOSE VARELA FORTE, actuando con el carácter de apoderado judicial de la demandada Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO.-