Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ANDRES VARGAS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 01 de julio de 2014, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SE ANULA la decisión dictada. 3) SE REPONE la causa al estado de que el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral, fije la oportunidad para que se celebre nuevamente la audiencia preliminar, lapso que no podrá exceder de diez (10) días hábiles