Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho MARIO ROMERO DELGADO actuando con el carácter apoderado judicial de la parte demandada CERVECERIA REGIONAL C.A. 2) SE DECLARA CON LUGAR la demanda que por Homologación del Beneficio de Jubilación intentaron los ciudadanos RAIMUNDO COLINA, MARCOS GODOY, JAIME GUANIPA, MODESTO MANAURE, LUIS LAREZ y ANGEL URDANETA en contra de la Sociedad Mercantil CERVECERIA REGIONAL C.A. 3) SE CONDENA a la demandada SOCIEDAD MERCANTIL CERVECERIA REGIONAL, C.A, a cancelar a los ciudadanos RAIMUNDO COLINA, MARCOS GODOY Y LUIS LAREZ, la cantidad de Bs. 13.028.037,31, a cada uno de éstos; a los ciudadanos JAIME GUANIPA Y ANGEL URDANETA, la cantidad de Bs. 13.206.537,38, a cada uno de éstos; al ciudadanoMODESTO MANAURE, la cantidad de Bs. 13.563.537,25, con un TOTAL GENERAL A CONDENAR de Bs. 79.060.723,94.