Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el ciudadano JOSÉ RICARDO LIZARAZO DAZA contra la sociedad mercantil SERVICIOS TÉCNICOS MECÁNICOS, CA, (STM), ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
En consecuencia, se condena a sociedad mercantil SERVICIOS TÉCNICOS MECÁNICOS, CA, (STM) a pagar la suma de veintiún mil doscientos treinta y cuatro bolívares con treinta y cuatro céntimos (Bs.21.234,34) por concepto de prestación de antigüedad legal, vacaciones fraccionadas e indemnización por despido injustificado.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal d.....