En este estado y oídas las exposiciones de la Representación Fiscal, de la Defensa y del Imputado, este Juzgado de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a resolver los planteamientos formulados por la Fiscal del Ministerio Público, y la Defensa, de la siguiente forma:
PRIMERO: IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, establecida en los ordinales 3° y 4° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, del Código Orgánico Procesal Penal, siendo estas: 01. La Presentación Periódica cada Treinta (30) días por ante la sede de este Tribunal, y 02. Prohibición de salida del País, sin previa autorización expedida por este Despacho Judicial; al ciudadano KENDER JOSÉ CORONA BOHORQUEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Villa del Rosario del Estado Zulia, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 30-05-2006, titular de l.....