Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana, NANCY ARISTIZABAL MERCHAN DE DI GENNARO en contra de la Sociedad Mercantil “SERENOS ASOCIADOS, C.A, plenamente identificada en las actas procesales. 2.- Se ordena a la Sociedad Mercantil “SERENOS ASOCIADOS, C.A, la cancelación de la cantidad de Bs.- 244.891.000, correspondiente a los conceptos indicados detalladamente en la parte motiva de la presente desiciòn. 3.- Se ordena la Indexación de la cantidad condenada el cual debe tomarse desde la Notificación de la Demandada es decir desde el 10 de Abril del 2001, e igualmente se ordena la cancelación de los intereses Mor.....