Por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSISTORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de Prestaciones sociales, incoada por el ciudadano JORGE SEGUNDO ESPINA FUENMAYOR en contra de Sociedad Mercantil “PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A hoy PDVSA PETROLEO Y GAS, S.A.
2.- Se ordena una experticia complementaria del Fallo, a los efectos de determinar las cantidades que la Demandada deberá cancelar al accionante JORGE SEGUNDO ESPINA, tomando como Base para el calculo de las Diferencias de Prestaciones Sociales el ultimo salario devengado por el trabajador señalado en su escrito libelar y en la parte motiva del presente fallo, previa las deducciones de las cantidades ya entregadas al dem.....