DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN en la pretensión de PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana BEATRIZ PINEDA DE SANSONE, en contra de las Sociedades Mercantiles DIARIO LA VERDAD COMPAÑÍA ANONIMA y SINERGIA EDITORIAL COMPAÑÍA ANONIMA, ambos plenamente identificados en las actas procesales, y consecuencialmente Sin Lugar la acción incoada por el accionante de autos en contra de DIARIO LA VERDAD COMPAÑÍA ANONIMA y SINERGIA EDITORIAL COMPAÑÍA ANONIMA.
SEGUNDO: No procede la condenatoria en costas dada la Naturaleza del Fallo, en virtud del artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se deja constancia que la par.....