PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES e IMPROCEDENTE la pretensión de INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL incoada por el ciudadano OBANDO JOSÉ CEPEDA contra la sociedad mercantil TRANSPORTE CONSOLIDADOS MARACAIBO, C.A., en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la empresa TRANSPORTE CONSOLIDADOS MARACAIBO, C.A., a pagar al demandante OBANDO JOSÉ CEPEDA la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS SESENTA UN BOLÍVARES CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 460.561,70).
SEGUNDO: Se ordena a pagar la cantidad que resulte del cálculo de los intereses moratorios de la cantidad indicada en el punto PRIMERO de la presente dispositiva en la forma como se determinó en el presente fallo.
TERCERO: Se ordena la indexación o corrección monetaria de la cantidad expresada en el punto PRIMERO de la presente dispositiva en la forma como se determinó en el presente fallo.
No procede la condenatoria en costas de la demandada TRANSPORTE CONSOL.....