PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión de cobro de PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano NICOLÁS ESPINA GUILLEN en contra de la sociedad mercantil demandada CENTRO MÉDICO DE OCCIDENTE, C.A ambas partes plenamente identificadas en las actas procésales. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada CENTRO MÉDICO DE OCCIDENTE, C. A., a pagar al ciudadano NICOLÁS ESPINA GUILLEN, la cantidad de OCHENTA Y OCHO MILLONES TRECIENTOS TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE BOLÍVARES CON ONCE CÉNTIMOS (Bs.88.303.927,11); de igual manera lo pertinente a las utilidades de los años 1977 a 1986, ambos inclusive, que se determinaran mediante experticia complementaria del fallo, todo conforme a las consideraciones establecidas en la parte motiva de esta sentencia.
SEGUNDO: Se condena a la demandada CENTRO MÉDICO DE OCCIDENTE, C. A., a pagar al ciudadano NICOLÁS ESPINA GUILLEN, la cantidad resultante de los INTERESES de mora de la suma indicada en el punto anterior (particular primero), así co.....