PRIMERO: Se fija el tercer (03) día después que conste en actas la notificación de las partes, a las diez (10) de la mañana, a los fines que se celebre la exhibición de los documentos mencionados en el instrumento poder otorgado por el ciudadano LUIS ENRIQUE CORREDOR y presentado por los abogados BERNARDO GONZÁLEZ CRESPO y MARINES CASAS DE MAROSO, otorgado por ante la Notaria Pública Tercera del Municipio Baruta del estado Miranda.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.