PARTE DISPOSITIVA:
Este Tribunal deja expresa constancia que la PARTE ACTORA NO COMPARECIÓ a la realización de la Audiencia Preliminar esperando un tiempo prudencial de veinte (20) minutos; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, éste Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Laboral Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146°.
LA JUEZ,
DRA. THAIS VILLALOBOS SÁNCHEZ
LA PARTE COMPARECIENTE,
LA SECRETARIA,
TVS/dc