DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos y criterios jurisprudenciales vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA , administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLINA LA COMPETENCIA para la decisión de la demanda de INTIMACIÓN Y ESTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES interpuesta por la Profesional del Derecho BETTIS DIAZ DE FERNANDEZ, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado con el Nº.17.865, portadora de la cédula de identidad Nº. 3.931.158, de este domicilio y actuando en su propio nombre y en su legítima representación de sus derechos e intereses, en el TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
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