Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes mencionados, este TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR LA IMPUGNACIÓN INTERPUESTA POR LA PARTE DEMANDANTE DE LAS CANTIDADES DE DINERO CONSIGNADAS POR LA PARTE DEMANDADA, en el juicio que sigue el ciudadano LEONELL BENITEZ en contra de la sociedad mercantil PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A.), ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
Segundo: Se ordena la consignación de los salarios dejados de percibir por el trabajador, a razón de un salario diario de Bs. 27.333,34, con los sucesivos aumentos que se hayan producido por Convención Colectiva o por decretos del ejecutivo nacional, por el tiempo y en la forma como se determinó ut supra en la presente decisión......