DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por cobro de prestaciones sociales intentó el ciudadano CESAR AUGUSTO VALLEJO CASTILLO, en contra de la Sociedad Mercantil SERENOS OCCIDENTAL, C.A.
2.- Se condena a la demandada a cancelar al actor la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 1.545.893,50).
3.- Se ordena el pago de los intereses de prestaciones sociales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108, literal c) de la Ley Orgánica del Trabajo, e igualmente los intereses moratorios y la corrección monetaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
4.- No hay condena.....