DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- SIN LUGAR la solicitud de reposición de la causa planteada por la Empresa codemandada MILOCHO, C.A.
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales sigue la ciudadana MARJOSY NAPOLES, en contra de las Empresas codemandadas NETUNO, C.A y MILOCHO, C.A.
3.- Se condena a las Empresas codemandadas, a pagar a la actora la cantidad de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 9.860.240,10).
4.- Se ordena al pago de los intereses moratorios y la corrección monetaria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
5.- No hay condenatoria en costas en virtud de la.....