DISPOSITIVO:
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1.- SE SUSPENDE la presente acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano ANGEL ROBERTO QUINTERO RIOS, en contra de la sociedad mercantil NETUNO C.A., hasta tanto sea decidido el Recurso de Nulidad interpuesto por la presunta agraviante, por ante el Juzgado Octavo de Juicio de Primera Instancia del Trabajo esta misma Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Asunto No. VP01-N-2011-000119, o en su defecto sea revocada la medida cautelar de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa N° 301, de fecha 10 de Octubre de 2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo, cuyo cumplimiento se solicita mediante la presente Acción de Amparo Constitucional, e.....