DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA PRESCRIPCCION DE LA ACCIÓN alegada por la demandada la Sociedad Mercantil PETROLEOS DE VENEZUELA S.A., (PDVSA).
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA que por prestaciones sociales, otros conceptos laborales y jubilación, intentara el ciudadano JUAN MORONTA contra la Sociedad Mercantil PETROLEOS DE VENEZUELA S.A., (PDVSA).
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Cód.....