DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, presentado por la parte actora ciudadanos VICTOR NAVARRO y MARISOL NAVARRO (plenamente identificados en actas), representados judicialmente por la abogada en ejercicio KAREN RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el número 123.750, en su carácter de Procuradora de Trabajadores, respecto del proceso incoado en contra de la demandada MERCADISA OCCIDENTE, C.A., por lo que se le atribuye el carácter de cosa juzgada.
2.- No hay condenatoria en costas dado el carácter especial del presente fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de con.....