DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- Con Lugar la solicitud de CALIFICACIÒN DE DESPIDO incoada por la ciudadana LERIDA SALAZAR, en contra de la COOPERATIVA DE TECNOLOGÌA DE CORROSIÒN INSTRUMENTACIÒN Y ADIESTRAMIENTO COTECA R.L., por considerar el Tribunal injustificada la causa de dicho despido.
2.- Con Lugar la solicitud de Reenganche, incoada por la ciudadana LERIDA SALAZAR, en contra de la COOPERATIVA DE TECNOLOGÌA DE CORROSIÒN INSTRUMENTACIÒN Y ADIESTRAMIENTO COTECA R.L.
3.- Se condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora los salarios caídos, desde la fecha de la notificación de la demanda hasta el momento del efectivo cumplimiento de lo ordenado en el presente fallo o la persistencia del despido, ambas inc.....