DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD ALEGADA POR LA PARTE DEMANDADA SUPLIDORA CONTINENTAL C.A.
2) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por los ciudadanos MILEX MORAN, LEONARDO PARRA y JERONIMO DE LA PUENTE en contra de SUPLIDORA CONTINENTAL C.A., por motivo de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la parcialidad del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fine.....