DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: Con lugar la defensa de fondo referida ala cosa juzgada, alegada por las Sociedades Mercantiles LATINOAMERICANA DE LA CONSTRUCCION, S.A. (LATICON) y CHEVRON TEXACO GLOBAL TECHNOLOGY SERVICES COMPANY, por el período laborado del 02-02-2000 al 12-10-2003.
Segundo: Sin Lugar la demanda por prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentó el ciudadano ANTNIO PIRELA, en contra de las Sociedades Mercantiles LATINOAMERICANA DE LA CONSTRUCCION, S.A. (LATICON) y CHEVRON TEXACO GLOBAL TECHNOLOGY SERVICES COMPANY
Tercero: No hay condenatoria en costas a la parte actora todo conforme a lo establecido en el artículo 64 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia ce.....