DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales sigue el ciudadano MERVIS PÉREZ, en contra de la Sociedad Mercantil ELECTRO MECÁNICO INDUSTRIAL DEL ZULIA, C.A. (partes suficientemente identificadas en las actas procesales que conforman el presente expediente).
2.- SE CONDENA a la accionada Sociedad Mercantil ELECTRO MECÁNICO INDUSTRIAL DEL ZULIA C.A. a pagar al actor ciudadano MERVIS PÉREZ, los conceptos y cantidades especificadas en la parte motiva del presente fallo.
3.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en virtud del carácter parcial de la condena, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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