DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano ALDRIN ANTONIO URDANETA GALUÉ, en contra de la Sociedad Mercantil MERCK, S.A., (partes suficientemente identificadas en las actas procesales que conforman el presente expediente), por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
2) SE CONDENA EN COSTAS a la Sociedad Mercantil MERCK, S.A. de conformidad con lo establecido en el articulo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia.....