DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
1) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANTONIO SANCHEZ en contra de la Sociedad Mercantil ABBOTT LABORATORIES C.A. por motivo de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
2) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en virtud de la parcialidad del presente fallo. Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la .....