DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa, seguida por el ciudadano: LUIS ROSALES contra de las sociedades mercantiles CONSTRUCTORES ELECTRICOS E INDUSTRIALES, C.A. (CEICA) y CHEVRON GLOBAL TECHNOLOGY SERVICES COMPANY (CHEVRON), por motivo de enfermedad ocupacional y otros conceptos laborales.
2.- No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
3.- Se ordena notificar a la parte actora y de Sociedad Mercantil CONSTRUCTORES ELECTRICOS E INDUSTRIALES, C.A. (CEICA), de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimient.....