DECISIÓN:
Por las motivaciones que anteceden, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), en contra de la Providencia Administrativa No. 00009-2011, de fecha 21-02-2011, emanada DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO SEDE GENERAL RAFAEL URDANETA, ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: Se REPONE el procedimiento al estado que el Inspector(a) del Trabajo abra el lapso probatorio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley Orgánica del Trabajo
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión, a la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, sede General Rafael Urdaneta. Ofíciese.
CUARTO: Se ordena notificar de la presente decisió.....