DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- Con Lugar la cosa juzgada alegada por la parte accionada INVERSIONES MARINA DEL LAGO, C.A.
2. Sin lugar la demanda que por concepto de ACCIDENTE DE TRABAJO intentó el ciudadano LIBARDO DAVILA MONTERO, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES MARINA DEL LAGO, C.A.
3. No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo indicado por el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del artícu.....