DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR, la falta de cualidad alegada por la parte accionada PEPSI COLA VENEZUELA C.A.
2.- SIN LUGAR LA DEMANDA intentada por el ciudadano ROBINSON QUINTERO, en contra de las sociedades mercantiles CARGAS LA PLAZA C.A. y solidariamente PEPSI COLA VENEZUELA C.A. por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
3.- Se ordena a la parte actora ciudadano ROBINSON QUINTERO, tramitar el retiro de las cantidades de dinero consignadas a su favor por ante este Circuito Judicial Laboral.
4.- Se condena en Costas a la parte actora de conformidad con el Articulo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría d.....