DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, que siguen los ciudadanos LEWIS RODRIGUEZ, ISVDVAN NUÑEZ y RONALD SERRANO, en contra de la Empresa COMERCIAL REYES (COMRECA), por motivo de PRESTACIONES SOCIALES Y DAÑO MORAL.
2.- Se ordena a la parte demandada a cancelar a favor de los demandantes las cantidades de dinero y conceptos que se especificaran en la parte motiva del presente fallo.
3.- No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines l.....