DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1) CON LUGAR LA DEMANDA que por que por prestaciones sociales y otros conceptos laborales, intento el ciudadano FRANKLIN ALEXANDER VARELA, en contra de las codemandadas: PEDICA SANAPIE, C.A, QUIROPEDIA AS, C.A, y PIES, C.A,
2) Se condena a las codemandadas PEDICA SANAPIE, C.A, QUIROPEDIA AS, C.A, y PIES, C.A, a cancelarle a la parte actora, ciudadano FRANKLIN ALEXANDER VARELA, los conceptos y cantidades que se especifican en la motiva del fallo.
3) Se condena en costas a las codemandadas PEDICA SANAPIE, C.A, QUIROPEDIA AS, C.A, y PIES, C.A, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del present.....