DISPOSITIVO:
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia por autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1.- CON LUGAR la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ALEXANDER PIÑEREZ en contra del CONSORCIO PRECOWAYS.
2.- SE ORDENA a la empresa CONSORCIO PRECOWAYS, cumpla con lo ordenado en la Providencia Administrativa 0065-12, de fecha 12 de Marzo de 2012 Expediente No. 042-2011-01-01339, que declaró CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS, incoado por el ciudadano ALEXANDER PIÑEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-19.216.925, contra de la sociedad mercantil CONSORCIO PRECOWAYS y se ordena a la patronal reponer a la mencionado ciudadano a sus labores habituales de trabajo, con el consecuent.....