DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano ESTEBAN SANCHEZ BARBOZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 89.848, en su carácter de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA (suficientemente identificados en las actas procesales) contra la Providencia Administrativa No. 259, de fecha 18 de Septiembre de 2008, emanada DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE MARACAIBO, ESTADO ZULIA.
2.- No hay condenatoria en Costas en virtud de la naturaleza del fallo dictado.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en c.....