DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- CON LUGAR la falta de cualidad alegada por la parte demandada, Sociedad Mercantil MERCANTIL SUFARA CHARROUF, C.A.
2.- SIN LUGAR la demanda que por motivo de cobro de prestaciones sociales intentó el ciudadano VICTOR MANUEL NUÑEZ, en contra de la Sociedad Mercantil MERCANTIL SUFARA CHARROUF, C.A., todos debidamente identificados en las actas procesales que conforman la presente causa.
3.- Se condena en costas al actor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en .....