DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de Prescripción de la Acción, alegada por la parte accionada PDVSA PETRÓLEO S.A.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por Prestaciones Sociales, Jubilación, Daño Moral y Otros Conceptos Laborales, incoara el ciudadano DIRIMO MARÍN PAUQUE, en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A, antes identificadas.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo .....